http://blogs.publico.es/otrasmiradas/489/el-contrato-unico-o-el-reparto-de-la-precariedad/
Fcha consulta 29.12.12
Adoración Guamán (@AdoracionGuaman), Sebastián Martín (@sebas__martin) y Rafael Escudero (@RafaEscudero1). Profesores de Derecho en las universidades de Valencia, Sevilla y Carlos III de Madrid
Diríase que, para algunos, los males que padece el país tienen un
fácil remedio. Acabar con esta espiral odiosa de recesión, desempleo y
desajuste crónico entre ingresos fiscales y deuda pública dependería,
tan solo, de adoptar una solución mágica.
Se preguntará usted de qué se trata. Se llama “contrato único” y
llega para salvar nuestras vidas directamente desde la factoría de la
fundación Fedea. Para conocer el invento basta con abrir cualquier
diario liberal, centrista o derechista, aunque también circula en
periódicos locales, entrevistas televisivas, blogs, redes sociales y
hasta en medios de izquierdas. Todo vale, con tal de que la ciudadanía
al completo pueda apreciar las virtudes de una propuesta que se presentó
en sociedad hace algunos años en el solemne -y muy criticado- “manifiesto de los cien”.
¿En qué consiste la figura? Dicen sus promotores -economistas en su
mayoría- que es el medio para acabar con la dualidad del mercado laboral
español, supuestamente escindido entre un personal privilegiado que
disfruta de contratos indefinidos y trabajadores precarios condenados a
la temporalidad. Partiendo de esta discutible premisa, el objetivo del
contrato único sería que todos los trabajadores pasaran a ser
“indefinidos”. Y para ello bastaría con que, en los primeros años de
vida laboral, el contrato incluyese bajas cotizaciones e indemnizaciones
por despido asequibles; unos costes que irían creciendo a medida que el
trabajador fuese adquiriendo experiencia y resultando más productivo.
Cabe preguntarse dónde radica en esta propuesta el valor añadido de
seguridad y de estabilidad en el trabajo que lógicamente debe
caracterizar a un trabajador indefinido. Porque, ¿qué diferencia
sustantiva existe entre un contrato temporalmente fijado y otro
indefinido con despido gratuito, salvo que en el segundo el trabajador
se encuentra más subordinado a la voluntad discrecional del empleador?
Lejos de plantear esta cuestión fundamental, sus defensores se
limitan a afirmar que se basan en criterios exclusivamente técnicos. Sin
embargo, hay evidencias que apuntan en sentido contrario. Que sus
principales avalistas trabajen bajo el patrocinio de Abertis, Abengoa, Iberdrola, Banco Santander o BBVA
no debe de ser mera coincidencia. Como tampoco lo es que quienes
dirigen estas empresas sueñen desde hace tiempo con la rebaja de
cotizaciones y con el despido gratuito.
Pretenden ocultar su ostensible condición de lobistas con apelaciones
a la neutralidad de la ciencia económica y con el intento estéril de
presentarse como baluartes del interés general ajenos a toda disputa
ideológica. Pero su manera de proceder los delata. Para defender los
intereses de las corporaciones a las que sirven, intentan desde hace
tiempo colonizar los círculos decisorios de los principales partidos,
incluido el PSOE. Para que luego se diga que son vulgares neoliberales.
Si hasta han rebautizado su propuesta con el nombre de “contrato de
igualdad de oportunidades”, recogiendo con ello un concepto propio de la
tradición socialdemócrata.
Creyéndose poseedores de la verdad científica, los “académicos” del
“contrato único” piensan que las objeciones a su iniciativa solo pueden
proceder de autores cegados por el sectarismo y la ideología. A quién se
le ocurre, si no, denunciar que este tipo de contrato supondría otro
abaratamiento del despido y, por consiguiente, una todavía mayor
desprotección del trabajo. Salvo algún jurista trasnochado, quién puede
llegar a plantear que la idea subyacente al contrato único -es decir, el
abaratamiento de los costes laborales para ganar competitividad- goza
ya de plena aplicación tras las últimas reformas laborales, con los
deficientes resultados ya conocidos y con la paradójica consecuencia de
haber finiquitado en la práctica la dualidad por la vía de la
precariedad para todos.
Y es que la expansión del contrato de fomento de la contratación
indefinida en la reforma laboral de 2010, y la posterior creación, en la
última reforma de 2012, del contrato “indefinido” de apoyo a los
emprendedores son ya claros ejemplos de la voluntad de generalizar
formas de contratación precarias con despidos baratos o incluso
gratuitos. A la vista está que estas reformas solo han logrado más
precarización y más paro. Si la fórmula del contrato único carece de
precedentes empíricos para contrastar, y si los principios en que se
basa cuentan ya con una aplicación de nefastas consecuencias, lo que
estos economistas vienen a exigir no es más que un acto de fe.
A esta fe irracional en la presunta objetividad de la ciencia
económica cabe oponer una preferencia racional por la cultura de la
legalidad. De hecho, motivos de este orden pueden esgrimirse contra el
contrato único. Su implantación equivaldría a la gratuidad del despido
sin causa en la primera -y acaso única- etapa laboral, y esto supone una
palmaria vulneración del principio de estabilidad en el empleo
consagrado no solo en los convenios de la OIT suscritos por España, sino
también en la interpretación jurisprudencial del art. 35 de la
Constitución.
Por otro lado, nadie asegura que el contrato único no acabe convirtiéndose, más que en una fórmula estable, en un contrato indefinidamente temporal.
¿Qué podría impedir, si no, el recambio masivo de los trabajadores de
mediana edad con experiencia, justo cuando sus costes laborales
comenzaran a incrementarse, por trabajadores jóvenes low cost?
Contra este peligro real solo cabe exigir otro acto de fe: la confianza
en que nuestro empresariado no perseguirá ante todo la maximización del
beneficio en el corto plazo.
Sería además deseable que los defensores del contrato único
mantuvieran cierta coherencia entre lo que postulan y lo que practican.
Por ejemplo, en el Departamento de Economía de la Universidad Carlos III
de Madrid -lugar en el que se han gestado buena parte de las tesis de
Fedea-, existen casi 100 profesores asociados,
es decir, trabajadores a tiempo parcial, contratados por cuatrimestres,
con sueldos ridículos y con las mismas funciones docentes que un
profesor con contrato laboral indefinido o funcionario. No parece que
esto sea una buena forma de predicar con el ejemplo, manteniendo en la
inestabilidad a tan elevado número de trabajadores.
La adopción del contrato único no implicaría más que la igualación a
la baja de los derechos de los trabajadores y una generalización de la
precariedad. Quienes cuestionan la propuesta llevan tiempo planteando
que la solución a los problemas derivados de la crisis no radica en una
reforma permanente de las normas laborales. La salida no está en
refundar el modelo laboral patriarcal, basado en el miedo al desempleo y
en la coacción al trabajador para que acepte unas condiciones cada vez
más miserables. Todo lo contrario. La solución pasa por reconocer el
fracaso del modelo económico como causa fundamental de nuestra crisis.
Con este adelanto, se apreciaría la urgente necesidad, entre otras
muchas, de fomentar en el empresariado la lógica de la previsión, para
lo cual resulta indispensable una protección rigurosa del trabajo, que
impida su sacrificio al primer contratiempo.
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